A los familias y estudiantes del Nivel Secundario
Este Acuerdo Institucional de Convivencia es el resultado de los fundamentos y fines del Ideario Educativo Fundacional de nuestro instituto, encuentros y jornadas con familias y adultos/as referentes, estudiantes, personal docente, no docente y equipo directivo para comprometernos a formar, desde el ámbito familiar y educativo, personas de bien que se desarrollen como ciudadanos y ciudadanas activos/as de una sociedad democrática, justa e inclusiva. Pretendemos que cada uno y una de los y las integrantes institucionales, como sujetos de derechos, sea también multiplicador/a de esperanzas, valores, acciones y normas que favorezcan la construcción y consolidación de una ciudadanía con responsabilidad, capacidad reflexiva, libertad y compromiso personal y comunitario.
El desafío de educar a los y las jóvenes del siglo XXI, sin lugar a dudas, abre múltiples caminos para acordar y consolidar una serie de modificaciones y actualizaciones que permitan la inclusión educativa y el respeto a la diversidad en el marco de una sólida calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Más que nunca es la institución escolar la que debe ser guía y orientadora, la que diseña caminos alternativos que brinden posibilidades, a través de la educación, para fomentar la participación y el compromiso de todos los actores institucionales en la construcción de la convivencia social democrática y que considere, en forma permanente al bienestar personal y colectivo.
Las normas que se proponen, una vez acordadas, establecen un límite; la Institución que implementa los límites, socializa y ayuda a madurar.
Nuestro proyecto institucional tiene como finalidad primordial la construcción, de una ciudadanía activa por la que los/as jóvenes y adultos sean capaces de convivir en la diferencia y de solucionar pacíficamente sus conflictos.
La construcción de una ciudadanía democrática es un proceso complejo pero irrenunciable, según palabras de Fernando Savater. Sin duda, desde esta perspectiva, creemos que la educación deseable, encuentra uno de sus fundamentos en la conocida máxima Kantiana, que afirma, que aquel que muestra saberse responsable de la realidad social, es porque tiene la capacidad de tomar a cualquier otra persona como un fin y no simplemente como medio, como un interlocutor, con quien construir, el mejor mundo posible.
Por todo ello, este Acuerdo Institucional de Convivencia, reviste las características de un acuerdo democrático entre sujetos de derechos, responsables de sus obligaciones, que procuran dar continuidad a la construcción colectiva que supone la vida social y específicamente institucional en el marco de una vida auténticamente democrática.
Equipo Directivo
FUNDAMENTACIÓN
La escuela, como institución social de claro contenido pedagógico, cumple un rol fundamental en la educación de personas que, con integridad individual, alcancen un sólido compromiso socio-comunitario. Este principio está sostenido por la ley nacional 26.206 y la ley provincial 13.688, que “cumple con la prolongación de la escuela común y la obligatoriedad, al tiempo que respeta las características sociales, culturales y etarias del grupo destinatario, proponiendo una nueva estructura para el sistema que centra sus preocupaciones en el desafío de lograr la inclusión de todos los/as jóvenes de la provincia”. Este compromiso promueve una intervención ciudadana activa dentro y fuera de la escuela, por la cual la capacidad de hacer, debe experimentarse como consecuencia de las prácticas desarrolladas, apoyadas en los siguientes propósitos:
- Ofrecer situaciones y experiencias, que permitan a los/las alumnos/as la adquisición de saberes, para continuar sus estudios.
- Fortalecer la formación de ciudadanos.
- Vincular la escuela y el mundo del trabajo a través de una inclusión crítica y transformadora de las alumnas y alumnos en el ámbito productivo.(ley 13.688)
Para lograr estos propósitos prioritarios es necesario fortalecer y recrear todas las bases que sostienen a una verdadera calidad educativa con inclusión y por ende, desarrollar relaciones interpersonales –entre todos los actores institucionales- que se sustenten en los valores, principios y prácticas que hacen al estilo de vida democrático. Estas relaciones procurarán consolidarse internamente y proyectarse, a través del accionar de cada integrante de la comunidad, al campo social., sobre la base de acciones que desechen por completo cualquier forma de violencia y/o maltrato en las relaciones así como el rechazo irrestricto de cualquier abuso de poder y de todas las formas de discriminación.
Con este marco referencial, todas las y los integrantes de la comunidad del Instituto José C. Paz establecieron acuerdos de convivencia flexibles y pasibles de una renovación consensuada utilizando como soporte jurídico las leyes de protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes (26.061) y la de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez y la Juventud en la Provincia de Buenos Aires (13.298). Los Acuerdos están fundamentados en aquellos valores que tienden al equilibrio relacional, la armonía y el mejoramiento de la calidad de vida. Estos valores son los que constituyen la esencia del proyecto educativo institucional: libertad, justicia, respeto, honestidad, solidaridad, responsabilidad y espíritu inclusivo.
Por lo expuesto anteriormente este Acuerdo Institucional de Convivencia procura lograr:
- La creación de un marco regulatorio de las relaciones interpersonales entre todos los actores institucionales que faciliten una convivencia democrática sobre la base del principio de la justicia.
- El abordaje de los conflictos inherentes a toda convivencia respetando al conjunto de los actores institucionales como sujetos de derecho y la búsqueda de acuerdos y consensos para la solución de los mismos en beneficio de la continuidad de un proceso de profundización de principios, pautas y acciones de una verdadera vida democrática.
- La formación de una ciudadanía activa desde las prácticas institucionales con proyección a las distintas dimensiones de la vida social.
- El aprendizaje, la internalización e implementación de prácticas sociales democráticas en cumplimiento de derechos y obligaciones que hacen al accionar de ciudadanos activos y responsables individual y colectivamente.
- El desarrollo de sentimientos de pertenencia a la institución que favorezcan la construcción de la identidad en el marco del respeto por la vida democrática.
NORMAS DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
Con el objeto de alcanzar una formación integral de calidad, fundamentada sobre la base de los valores que permitan –en las mejores condiciones- el desarrollo personal y la integración social, en un ámbito democrático armónico y respetuoso de los derechos humanos, los miembros de la comunidad educativa del Instituto José C. Paz han acordado el presente Código de Convivencia Institucional cuyo cumplimiento resulta de carácter obligatorio.
SECCIÓN 1: NORMAS –CONSENSOS Y ACUERDOS ATINENTES AL QUEHACER INSTITUCIONAL-
A-De todos los miembros de la comunidad
El Equipo Directivo, los Docentes, el personal de la institución, los padres, las madres y adultos y adultas referentes y los y las estudiantes acuerdan:
- Comprometerse activamente con los fundamentos de la política educativa nacional y provincial así como con los del Ideario y Proyecto Institucional en las distintas instancias de su concreción.
- Desarrollar actitudes permanentes, sobre la base de la honestidad y el respeto, que tiendan a la creación de un ámbito de cordialidad, corrección, justicia y no discriminación, adoptando una clara posición contra la violencia, el maltrato y cualquier forma de acción que implique abuso de poder y/o de discriminación.
- Participar en todas las acciones que tiendan a la educación integral de los y las estudiantes y al desarrollo personal y colectivo en beneficio de la calidad educativa y la construcción de una ciudadanía activa.
- Desempeñarse coherentemente en todas sus acciones en concordancia con los principios y disposiciones convenidos en el presente Acuerdo de Convivencia Institucional y, por ende, con los marcos jurídicos referenciales del mismo.
B- Del Equipo Directivo y de los Docentes
Tanto el Equipo Directivo como el Docente, en virtud de la trayectoria institucional y de la profesionalidad de sus miembros acuerdan:
- Cumplimentar los acuerdos enunciados precedentemente con todos los miembros de la comunidad educativa.
- Desarrollar la tarea profesional con idoneidad y responsabilidad en virtud de las obligaciones y derechos reconocidos por la normativa vigente teniendo en cuenta:
- Velar por la seguridad física, psíquica y moral de los y las estudiantes, tomando las decisiones pertinentes para su cumplimiento.
- Cumplir con la enseñanza de la materia o área de conocimientos a su cargo de acuerdo con los Diseños Curriculares vigentes, la normativa nacional y provincial en materia curricular, el Proyecto Institucional y las orientaciones departamentales.
- Asistir con puntualidad horaria a sus clases, exámenes y otras citaciones especiales.
- Notificar a las autoridades del establecimiento cualquier situación que pudiese alterar el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje y la organización institucional.
- Privilegiar la equidad y el respeto en el trato con todos los miembros de la Comunidad.
- Presentarse con vestimenta adecuada al lugar de trabajo, constituyéndose en ejemplo para los alumnos.
- Promover, activamente, la concreción de un clima democrático, de respeto, armonía y cordialidad entre todos los miembros de la institución y evitar cualquier acción que suponga discriminación, violencia o falta de equidad respecto de los otros y las otras.
- Mantener una comunicación fluida con los distintos actores institucionales utilizando los canales formales previstos para ello, priorizando el diálogo y la reflexión.
- Comprometerse con la difusión, explicitación y cumplimiento del presente Acuerdo Institucional de Convivencia.
C- De los madres, padres y adultos referentes de los y las estudiantes
- Asumir la responsabilidad de desarrollar la educación primaria familiar en coherencia con las acciones institucionales, respetando su autonomía.
- Cooperar con la labor de los educadores para la educación de los y las estudiantes en el marco de los valores que sostiene la política educativa nacional, provincial, el Ideario y el Proyecto Institucional.
- Contribuir activamente al mantenimiento del prestigio institucional. En servicio a la verdad y al bien común evitar comentarios infundados, de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. De existir motivo real dirigirse a la persona adecuada en el marco del respeto mutuo.
- Concurrir a toda citación que realice la Institución, para acompañar, reflexionar, acordar y buscar soluciones en beneficio de todos y todas.
- Ser responsables de las obligaciones financieras del alumno dentro de las pautas establecidas por la Administración.
- Notificarse en término -72 horas- de toda comunicación que le fuere enviada por la Institución.
- Concurrir al establecimiento a realizar consultas o cuando fueren citados por Directivos y Docentes en el horario que cada uno de ellos informe pertinentemente a través del cuaderno de comunicados o dispositivos virtuales utilizados para ello.
- Concurrir al establecimiento respetando las pautas de corrección, respeto y vestimenta acordes con una institución educativa y dentro de los lineamientos que se acuerdan en el presente A.I.C
D- De los y las estudiantes
Los/as alumnos/as del Instituto José C. Paz son los actores principales de la actividad educativa. En dicho rol, se comprometen al cumplimiento de las normas comunes a todos los actores institucionales y a llevar a cabo las conductas esperables, según se detalla seguidamente y a evitar aquellas consideradas como no admitidas:
Para alcanzar una formación personal y social que tienda al mejoramiento de las relaciones interpersonales se espera que los/as alumnos/as desarrollen actitudes de respeto por la vida, la diversidad, la alteridad y los principios de un estilo de vida democrático. Por ello se consideran como conductas no admitidas: cualquier acción que intencional o eventualmente ponga en riesgo la seguridad y la vida de cualquiera de los/as integrantes de la institución, la descalificación pública de cualquier persona motivadas en argumentos discriminatorios de índole social, racial, étnica, sexual, etaria, psico-física, xenófoba; las agresiones verbales o físicas dentro y fuera de la institución; la promoción o participación en cualquier hecho de violencia; el ingreso con elementos que puedan poner en riesgo la vida propia o la de los otros y otras, por ejemplo armas de fuego o elementos punzantes o cortantes, sustancias tóxicas, drogas, alcohol (tanto para uso personal como para la inducción a otra personas a su uso o consumo); el uso de insignias, símbolos, inscripciones de cualquier índole que inciten o reivindiquen posiciones autoritarias, o que promuevan o inciten a la violación de los Derechos Humanos.
Para mantener la continuidad y compromiso con el proceso de enseñanza-aprendizaje los/as alumnos/as se comprometen a asistir puntualmente al establecimiento. La inasistencia debe ser una situación de excepción, debidamente justificada (por razones muy importantes). Ver Régimen de Inasistencias.
El ingreso al establecimiento deberá realizarse por la entrada establecida para el nivel. Por lo tanto se consideran como conductas no admitidas: la frecuencia en la inasistencia sin motivos debidamente justificados; el ocultamiento de información acerca de las inasistencias y/o llegadas tarde a los/as responsables adultos/as de los alumnos y alumnas (padres, madres, familia, adultos y adultas referentes, personal docente del establecimiento)
Para garantizar la seguridad personal, institucional y familiar los/as alumnos/as deberán:
- Permanecer en el establecimiento durante el horario escolar y en el área asignada al nivel. Las salidas anticipadas sólo podrán efectuarse si la/s personas responsables por el/la alumno/a se hicieran presentes en el establecimiento y firmaran el registro de salida anticipada correspondiente. Por lo tanto se consideran como conductas no admitidas: el intento de salida del establecimiento sin la autorización correspondiente (en las condiciones precedentemente establecidas) y eventualmente hacerlo sin las autorizaciones correspondientes; la permanencia fuera del establecimiento en horario escolar sin la correspondiente autorización de los padres/madres o persona/s responsables; la permanencia en los comercios de los alrededores del establecimiento ni en ningún local del distrito dentro del horario escolar con uniforme de la institución, más allá del tiempo previsto para la realización de un trámite o acto comercial lícito.
- Permanecer en las cercanías del establecimiento en momentos previos al horario de ingreso manteniendo responsabilidad y corrección en su desempeño, es decir, sin adoptar actitudes de violencia, incorrección o falta de respeto hacia otros u otras en un espacio público. Por ello se consideran como conductas no admitidas: permanecer fuera del establecimiento utilizando un vocabulario incorrecto o que pueda afectar a un tercero; realizar cualquier tipo de acción que pueda afectar la seguridad propia y/o de otras y otros y la armonía en la convivencia vecinal. permanecer con uniforme en los alrededores del establecimiento una vez finalizado el horario escolar y producida la correspondiente salida del curso de pertenencia en ambos turnos.
- Para fortalecer la preparación para el mundo laboral y mantener corrección, respeto y equidad en la presentación los/as alumnos/as deberán concurrir con el uniforme reglamentario de clases y/o de Educación Física.
- Para obtener y mantener las mejores condiciones personales y grupales en defensa del respeto mutuo, la salud y la seguridad de los alumnos se espera.
- Mantener permanente corrección, aseo y seguridad en su persona e indumentaria. Esto implica:
a.1 Higiene personal.
a.2 No utilizar adornos (cadenas, aros, pulseras, piercings etc.), que puedan convertirse en un factor que pueda poner en riesgo la seguridad y salud propia y de los y las otros/as.
Se consideran como conductas no admitidas: la concurrencia al establecimiento o a cualquier institución o espacio en el que se represente a la Institución sin la higiene personal adecuada al desarrollo de prácticas de preservación de la salud; la utilización de cualquier tipo de adorno o implemento que ponga en riesgo la seguridad propia o de los otros ante un eventual accidente (aros, colgantes, cadenas, pulseras, pearcings) o elementos, imágenes o signos de índole autoritario, discriminatorio o que inciten o hagan apología a la violencia y/o discriminación en cualquiera de sus manifestaciones.
- Mantener la higiene de las aulas y no permanecer en ellas durante los recreos para facilitar la ventilación de las mismas y garantizar su seguridad durante el lapso en el que las autoridades del establecimiento acompañan a los/as alumnos/as durante el recreo. Se considera como conducta no admitida: la permanencia de los/as alumnos/as en el aula durante los recreos sin el acompañamiento de una autoridad de la institución.
- Contribuir al mantenimiento del mobiliario escolar y de las instalaciones en general. . Por lo tanto se consideran como conductas no admitidas: arrojar papeles y/o residuos en los espacios no habilitados para ello, dañar las instalaciones produciendo inscripciones en el mobiliario, paredes o cualquier espacio no habilitado para ello; producir cualquier acción tendiente a dañar las instalaciones y el mobiliario del establecimiento. En caso de llevarse a cabo este último tipo de acciones, se responsabilizará económicamente del o los daños a los/as adultos/as responsables.
- . Para alcanzar una convivencia democrática, respetuosa de sí mismos y de los otros en beneficio de la armonía y la no violencia, los/as alumnos/as se comprometen a respetar a todos los miembros de la comunidad educativa. Esto implica:
- a) Emplear un vocabulario adecuado a la situación comunicativa propia del ámbito escolar (escuela y alrededores o vistiendo el uniforme del Instituto) Por lo tanto se considera como conducta no admitida: cualquier manifestación discursiva en cualquiera de sus formas que impliquen el uso de un lenguaje grosero y/o palabras soeces así como la utilización de expresiones que pudieran violentar, agraviar, discriminar o descalificar a los otros.
- b) Mantenimiento de actitudes de cordialidad y amabilidad. Por lo tanto se considerará como conducta no admitida: cualquier manifestación o acción que pueda agredir, perjudicar, discriminar, agraviar o incomodar a las personas en forma personal o colectiva.
- Para facilitar la comunicación entre la familia y la escuela, fortalecer la responsabilidad y valorar la importancia de la correcta presentación de documentación, los/as alumnos/as serán responsables de asistir siempre con el cuaderno de comunicados con las distintas notificaciones debidamente firmadas –en un plazo que no exceda las 72 hs. desde su consignación en el cuaderno-. Por lo tanto se consideran como conductas no admitidas: asistir al establecimiento sin cuaderno o con el cuaderno sin las correspondientes notificaciones debidamente firmadas por el/la responsable del/la alumno/a en forma reiterada; ocultar la presentación del cuaderno, habiéndolo traído al establecimiento, a las autoridades y docentes que así lo solicitaran; presentar el cuaderno de comunicados con inscripciones o elementos ajenos a la tarea escolar o hacerlo con la carencia de la información solicitada.
- Se espera responsabilidad en el desarrollo de las acciones vinculadas con el proceso de enseñanza aprendizaje y convivencia escolar. Por lo tanto son conductas no admitidas: toda acción que dificulte el normal desarrollo de las clases, la copia total o parcial de material cuya propiedad intelectual fuere ajena a su persona o que promoviera actitudes deshonestas por parte del alumno/a agraviando la buena voluntad de terceros.
- Dado que el mantenimiento de la seguridad de elementos personales y grupales supone no generar situaciones de riesgo de pertenencias que no sean necesarias para el desarrollo de la actividad escolar, cada integrante de la comunidad procurará no utilizar instrumentos que no correspondan a la actividad mencionada. Por lo tanto no es una conducta admitida el uso de instrumentos personales de tecnología que no sean solicitados por los docentes así como el registro de imágenes personales que no sean debidamente autorizadas.
SECCIÓN 2: MEDIDAS A APLICARSE EN CASO DE TRANSGRESIÓN A LOS ACUERDOS. MECANISMOS DE SOLICITUD Y/O APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS
- Dado que los acuerdos precedentes involucran al conjunto de los actores institucionales se establece que aquellos incumplimientos o transgresiones –de lo establecido en los apartados A; B y C- que pudieren producirse por parte de los/as adultos/as, serán abordados de acuerdo con las instancias de diálogo correspondientes y la aplicación de la legislación vigente –según el grado de gravedad de la transgresión y los alcances que ella pudiere tener-.
- Cualquier alumno/a, padre/madre o responsable de ellos/as, docente, o integrante de la comunidad que se considerare víctima de alguna transgresión –por parte de un adulto- de alguna de los acuerdos establecidos, tiene derecho y obligación de informar al Equipo Directivo y/o Representante Legal de la irregularidad sucedida para que se inicien las acciones pertinentes dentro de la normativa vigente y, por lo tanto, proceder a la Convocatoria del Consejo Institucional de Convivencia.
- Dado que las transgresiones o faltas pueden revestir características diversas se considerará que:
- Las conductas no admitidas en el apartado D1 serán consideradas como muy graves.
- Las conductas no admitidas en el apartado D2 y D3a. se considerarán como graves.
- Las conductas no admitidas en los apartados D3b, D4, D5, D6, D7, D8 yD9 se considerarán como leves.
- Es objeto pedagógico fundamental de la Institución guiar a las alumnas y alumnos en el desarrollo de prácticas de participación que favorezcan la autodisciplina en búsqueda de una conciencia autónoma y responsable con un claro sentido social y democrático. Por lo tanto la transgresión de los acuerdos antes mencionados y toda falta que por su gravedad pueda afectar la seguridad e integridad de las alumnas y alumnos o de cualquier integrante de la institución así como su normal funcionamiento, será pasible de la aplicación de una medida de reparación y/o sanción acorde con el grado que pudiere alcanzar la transgresión. En este sentido se acuerda que las medidas a implementar serán graduales y acordes con la transgresión cometida:
- En caso de transgresiones leves se procederá al diálogo con los alumnos/as, registro del llamado a la refexión correspondiente y el compromiso del alumno/a para revertir esta situación. El registro se consignará en el legajo y en el cuaderno de comunicados del alumno/a con la correspondiente notificación a los padres o adultos responsables. Estos llamados a la reflexión podrán ser efectuados por el personal docente correspondiente (preceptores/as, profesores/as o directivos) y deberán ser siempre avalados por algún integrante del Equipo Directivo. En caso de que los llamados a la reflexión/ atención de esta naturaleza y la transgresión a este tipo de acuerdos se reiteren, sedará intervención al EOE institucional para implementar las acciones de mejoramiento que se consideren pertinentes. En caso de transgresiones que involucren un conflicto entre dos o más alumnos/as o docentes- alumnos se procederá al diálogo entre las partes del conflicto y el Equipo Directivo para llegar a un acuerdo de solución del mismo y aplicar la medida que se acuerde en esa instancia de diálogo y mediación. La medida deberá ser siempre reparatoria de posibles daños causados y, dadas las características del daño, podrá también adquirir la condición de sanción, de acuerdo con la decisión del Equipo Directivo.
- En caso de que las posibles transgresiones a los acuerdos de convivencia y los conflictos por ellas ocasionadas -por parte de los/as alumnos/as- sean graves o muy graves, se procederá a la evaluación de los mismos y a las medidas a implementar por parte del Consejo Institucional de Convivencia (Ver Sección 3)
- En todos los casos en que se produzca una transgresión que dé lugar a la adopción de alguna medida de reparación y/o sanción, todo lo actuado quedará registrado en Actas en las que constará tanto el posible descargo del/la partícipe de la transgresión, su visión e interpretación de los hechos así como el compromiso de revertir la situación que ha generado la posible transgresión en acuerdo con padres/madres y/o adultos responsables, docentes y alumnos/as. En caso de que las faltas sean graves o muy graves, reiteradas y se manifieste un incumplimiento del compromiso acordado el Equipo Directivo reunirá al Consejo de Convivencia (Ver Sección 3) para determinar la medida a adoptar que podrá incluir la posible desvinculación del/la alumno/a. Ante una situación de esta naturaleza se instrumentarán todas las acciones necesarias para garantizar la continuidad del/la alumno/a en el Nivel en otra institución del distrito, previo acuerdo con dicha institución.
SECCIÓN 3: CONSEJO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA (CIC)
El Consejo Institucional de Convivencia actúa como un espacio de diálogo, intercambio, reflexión y participación que involucra a todos/as los/as actores institucionales. Funcionará como una instancia de análisis, deliberación y evaluación de todo asunto o proyecto institucional vinculado con la Convivencia institucional puesto a su consideración. Actuará como un consejo de asesoramiento del Equipo Directivo. Cabe, en este sentido, recordar lo explicitado por la Resolución 1709/09: La participación es considerada como una herramienta para el desarrollo de los sentimientos de pertenencia a la institución y tiene un valor social e institucional que contribuye a afianzar el modo democrático de convivencia.
La integración de los/as actores institucionales en el CIC permite crear en torno a una instancia colegiada un ambiente efectivo para la promoción de valores como cooperación, solidaridad, el comprender y el comprenderse.
Constitución del Consejo Institucional de Convivencia
El CIC estará integrado permanentemente por:
– El/la Director/a del Nivel Secundario
– El/la Representante Legal del Nivel
– Dos representantes docentes: un/a profesor/a por cada turno
– Dos representantes de los/as alumnos/as: uno por cada turno.
En caso de tratamiento de una transgresión grave se incorporarán a los miembros permanentes del Consejo:
-Un representante de los/as alumnos/as del curso involucrado en la transgresión
– Un/a docente del curso involucrado en la transgresión
La duración de los mandatos de los/as alumnos/as será de un año. Los/as representantes de los/as profesores/as tendrán dos años de duración en sus mandatos.
En caso de ausencia del/la director/a será reemplazado/a por uno/a de los/as Regentes del Nivel
Cada integrante del CIC tendrá una constancia del/la director/a que lo acredita como miembro del Consejo.
Funcionamiento del CIC
Cada integrante del Consejo tiene derecho a voz y un voto.
El Consejo sesionará con la mitad más uno de sus miembros manteniendo la proporcionalidad de los/as representantes de cada sector.
El CIC sesionará una vez cada dos meses y sus actuaciones quedarán registradas en el libro de Actas correspondiente que estará a disposición de la autoridad que lo requiera.
En caso de que existiera alguna transgresión grave a lo establecido en los Acuerdos Institucionales el/la director/a del Instituto y/o por lo menos la mitad más uno de los/las integrantes del Consejo convocará a reunión del CIC, por escrito, para la concreción de una sesión extraordinaria.
Las decisiones del CIC se tomarán con el acuerdo de la mitad más uno de los miembros presentes en la sesión y serán consideradas por la Dirección del establecimiento como recomendaciones sustanciales del funcionamiento de los AIC
Cronograma de elección de los/as representantes de docentes y alumnos/as en el CIC
En la primera reunión del ciclo lectivo serán elegidos/as los/as profesores titulares y suplentes. La elección de los/as alumnos/as titulares y suplentes se realizará en las primeras semanas del ciclo lectivo antes mencionado.
La realización del cronograma electoral estará a cargo de uno/a de los/as Regentes a determinar por la Dirección del establecimiento
SECCIÓN 4: INSTANCIAS DE REVISIÓN Y AJUSTES DEL AIC
Este acuerdo de Convivencia será pasible de revisión y ajuste. Los mecanismos de estas instancias serán abordados y establecidos a partir de lo resuelto en la primera sesión en la que delibere el CIC.